Agua y saneamiento, derechos humanos básicos para vida

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El 28 de julio de 2010 la Asamblea General de Naciones Unidas reconoció el derecho al agua potable y al saneamiento. Posteriormente, en diciembre de 2015, Naciones Unidas reconoció el derecho humano al saneamiento como un derecho diferente al del agua, aunque estrechamente relacionados entre sí. Ambos derechos son esenciales para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos y son legalmente vinculantes para los Estados, firmantes, como España, del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. 

La definición de los derechos al agua potable y al saneamiento se sustenta en los principios de universalidad, igualdad sustantiva, no discriminación, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia, rendición de cuentas y sostenibilidad social, económica y medioambiental. También se apoya en los criterios normativos de accesibilidad, disponibilidad, calidad, aceptabilidad y asequibilidad. Para que se cumplan estos derechos las administraciones públicas competentes están obligadas a respetarlos y protegerlos, evitando que agentes privados obstaculicen el acceso a los mismos. También tienen que cumplirlos, en el sentido de garantizarlos, facilitarlos y promoverlos en todos los ámbitos de la vida, tanto en los hogares como en los espacios públicos y comunes.

La crisis sanitaria producida por el COVID-19 ha ocasionado el aumento de la vulnerabilidad y de la pobreza en España. Este problema es especialmente grave en la Comunidad de Madrid, donde la pandemia ha producido un incremento significativo de la pobreza en una región que, a pesar de su alta renta per cápita, ya en 2019 encabezaba la desigualdad en España con el 16,2% de la población en condiciones de exclusión social (Informe Foessa 2019). 

Durante la crisis sanitaria se han evidenciado graves problemas de acceso al agua, al saneamiento y a la higiene por parte de sectores de la población vulnerables. Una población generalmente vinculada a situaciones de pobreza, de emergencia habitacional relacionadas con desahucios, asentamientos informales y trabajadores temporeros. Estos problemas han motivado denuncias por la conculcación de los derechos humanos al agua y al saneamiento. En marzo de 2020, el Gobierno del Estado configuró un escudo social que, entre otros aspectos, prohibía los cortes de agua y otros suministros básicos (luz y gas) a las familias vulnerables, lo que supuso una medida positiva, que, sin embargo, no fue renovada cuando caducó en octubre. Fruto de la presión de organizaciones ciudadanas, estas medidas fueron restituidas en diciembre de 2020 para todo el ámbito estatal. En el marco de esta movilización social, se consiguió que en la Asamblea de la Comunidad de Madrid se aprobara por unanimidad una proposición no de ley que prohibía al Canal de Isabel II S A realizar cortes de agua. 

Teniendo en cuenta la situación económica creada por la pandemia, la reciente cotización del agua en el mercado de futuros de materias primas de Wall Street que abre la puerta a la especulación de un derecho humano, y las consecuencias que tiene y tendrá sobre estos derechos la crisis climática, resulta necesario impulsar una campaña de sensibilización ciudadana e incidencia institucional. 

Con la campaña se pretende incidir e impulsar actividades orientadas a avanzar en la consecución de los objetivos siguientes: 

1º. Avanzar en el reconocimiento de los derechos humanos al agua y al saneamiento en la Comunidad de Madrid mediante una ley que garantice la disponibilidad de un mínimo vital de agua y la prohibición de cortes de suministro para hogares en condiciones de vulnerabilidad económica y social.

2º. Asegurar la cobertura universal de los servicios de agua y saneamiento en toda la Comunidad de Madrid, actuando en los asentamientos informales y garantizando la accesibilidad y disponibilidad de los servicios en casos de emergencia habitacional.

3º. Incorporar a los ayuntamientos la garantía del mínimo vital a través de la formalización de protocolos con el Canal de Isabel II que establezcan la intervención previa de los servicios sociales municipales en casos de cortes de suministro. Establecer criterios uniformes para la identificación de las situaciones de vulnerabilidad que permitan acceder al mínimo vital.

4º. Redactar un nuevo reglamento del abastecimiento y saneamiento del Canal de Isabel II que sea consecuente con los principios y criterios definitorios de los derechos humanos al agua potable y al saneamiento.

5º. Exigir a la administración autonómica y a los ayuntamientos que cumplan con sus obligaciones de respetar, proteger y cumplir con los derechos humanos al agua potable y al saneamiento en los espacios públicos y comunes, lo que significa promover: redes de fuentes en zonas urbanas y en centros públicos; redes de aseos y retretes públicos que cubran el ámbito urbano de los municipios; casas de baños públicas para la higiene personal; y el uso del agua de grifo. Estos servicios deben ser accesibles, asequibles, seguros y contar con los requisitos de aceptabilidad, privacidad y dignidad.

6º. Impulsar actividades de concienciación e información ciudadana sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento. 

Adhiérete a la campaña, recibe información y ponte en contacto con:

aguaysaneamientoddhh@gmail.com 

Amigos de la Tierra, ATTAC, CCOO, CGT, CAUM, Club Debates Urbanos, Coordinadora Vivienda Madrid, Corazón Verde Chamberí, Ecologistas en Acción, FACUA, FRAVM, FNCA, GRAMA, Jarama Vivo, Marea Azul, Observatorio Patrimonio Sierra de Guadarrama, ONGAWA, Parque Sí Chamberí, PCPCYII, RAPM, USO

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