¿ES EL FEMINISMO UN MOVIMIENTO
PROGRESISTA?
Pedro Espino Hurtado
Del colectivo Hormigas Rojas
Se suele definir el feminismo como una
doctrina que defiende la igualdad política, económica y social entre los sexos,
expresándose a través de una actividad organizada para alcanzar los derechos de
las mujeres. Es probable que haya habido momentos en que esto fuera así y que haya
personas que lo crean sinceramente. Para responder con rigor a la pregunta que
se hace en el título de este texto, habría que especificar el momento histórico
del que se está hablando. En la literatura feminista es habitual precisar
cuatro olas de este movimiento, que se pueden resumir y delimitar temporalmente:
Primera ola
Siglo XIX y principios
del XX. Su objetivo son los derechos legales y políticos, negados a las
mujeres, y en ella destacan las sufragistas del Reino Unido y EE. UU.
Segunda ola
Decenios de 1960 a 1980. El
movimiento se centra en las desigualdades estructurales, en los llamados
derechos reproductivos (anticoncepción, aborto…) y en la concienciación sobre
la violencia doméstica.
Tercera ola
Decenio de 1990 y
principios de 2000. Las reivindicaciones están peor definidas que en las dos
olas previas, y se cuestionan los papeles tradicionales de hombres y
mujeres. Se produce una profusión de los términos ‘género’ y ‘patriarcado’ (en
España esto ocurrirá con posterioridad, y solo en los últimos años), y se
emplea el vocablo ‘interseccionalidad’ para referirse a discriminaciones
multifactoriales simultáneas por el sexo/género, el origen étnico, la religión,
la discapacidad, el peso, el aspecto, la edad… (en realidad, este término se
acuñó en 1989 y, vista la amplitud de sus categorías, es difícil que haya
alguien a quien no le afecte alguna ‘discriminación interseccional’).
Cuarta ola
Decenio de 2010 hasta la
actualidad. Aquí destaca el uso de las redes sociales para denunciar el acoso, la
violencia y la desigualdad (conceptos que muchas veces están mal acotados y definidos).
El fenómeno estadounidense del #MeToo es un paradigma de esta ola, con
copias más o menos afortunadas en otros países.
En los países desarrollados y
democráticos, donde el movimiento feminista es más fuerte, a partir de la
segunda ola no existe ya una discriminación normativa por mucho que se siga hablando
de la defensa de los derechos de las mujeres.
Por lo que respecta a algunas
individualidades, no se consideraban feministas Marie Curie, Alexandra Kolontái
(la primera mujer que ocupó un cargo ministerial en Europa y, posteriormente,
la primera mujer embajadora), Clara Zetkin, Rosa Luxemburgo, Inessa Armand,
Nadezhda Krúpskaya, Federica Montseny (quien rechazaba el feminismo burgués, ya
que la emancipación de las mujeres debía ir acompañada de una transformación
radical de la sociedad hacia el anarquismo), Dolores Ibarruri, Jane Austen, Ayn
Rand, Doris Lessing, J.K. Rowling, Camille Paglia…
Por otro lado, hay casos de
verdaderos iconos del feminismo cuya trayectoria vital deja bastante que
desear. Por ejemplo, la escritora inglesa Virginia Woolf mantuvo una relación
clasista con quien fue su criada durante 18 años, Nellie Boxall, que le
permitía liberarse por poco dinero de las tareas domésticas, y de quien
menospreció su imposibilidad de votar porque no cumplía los requisitos que la
Cámara de los Lores exigió en 1918 para conceder el voto a las británicas
(Woolf sí los cumplía). Otro ejemplo es el de la filósofa francesa Simone de
Beauvoir, quien mantuvo relaciones sexuales con chicas menores de edad, alguna de
ellas alumna, lo que le costó su expulsión del sistema de Educación Nacional de
Francia.
Mi posición es que, en los países
avanzados y democráticos, el feminismo ha dejado hace mucho tiempo de ser un
movimiento progresista para convertirse en una corriente que, partiendo de enfoques
no universalistas, emplea la demagogia y el populismo dirigidos solo a una
parte, por grande que sea, de la población. Se trata de un feminismo
identitario —al que podríamos denominar 'neofeminismo’— en contraposición con lo
que algunos llaman ‘feminismo de la equidad’.
Es posible señalar algunas
características del feminismo contemporáneo identitario, que es sin duda el
realmente existente hoy:
Victimismo. Creo que se trata de la
característica más importante del feminismo. Este se basa en la aparente pertenencia
a un organismo supraindividual: «Si tocan a una, nos tocan a todas». Las
mujeres serían, por definición, un colectivo
víctima, y como todos los victimismos, el movimiento suele adolecer de la falta
de unas reivindicaciones nítidas que se demandan a una autoridad concreta. Un
ejemplo claro fue el de la convocatoria de una huelga de mujeres el 8 de marzo
del año 2018 en España, que, con excesivo optimismo, se ha querido poner como
hito internacional. No había exigencias concretas y no se sabía a quién iban
dirigidas. Como las convocadas a la huelga eran todas las mujeres, la reina
Letizia dejó en blanco su agenda ese día. El victimismo feminista ha sido
productivo en la confección de un glosario, cuyos términos no siempre son
fáciles de definir: techo de cristal, feminicidio, brecha de género, numerosos
sintagmas que incluyen la palabra ‘género’, patriarcado, derechos de las
mujeres, manosfera, microagresiones…
Impostura de sus protagonistas. Las figuras que destacan en el
movimiento feminista se atribuyen con una pasmosa facilidad —es ubicuo el
empleo de la primera persona del plural, ‘nosotras’— daños o perjuicios que no
les corresponden. Con ocupaciones frecuentes como políticas profesionales,
profesoras, periodistas, juristas o psicólogas expertas en género…, su
estatus personal está bastante por encima del que disfruta la mayoría de los
varones.
Culpación colectiva. Si se parte de la existencia de un
colectivo víctima, el corolario consiguiente es que el resto, es decir, la
población masculina, constituye un colectivo victimario. Este razonamiento
puede parecer hiperbólico, pero en nuestro medio así lo han manifestado, por
ejemplo, una conocida escritora («el constante genocidio de media humanidad») y
una exministra de Justicia («la mitad de la población vierte violencia sobre la
otra mitad»).
Nostalgia de discriminaciones reales
pasadas. Una
consecuencia del victimismo es la constante apelación a injusticias ya
superadas (insisto en que me estoy refiriendo a países democráticos, no a Afganistán
o Arabia Saudí), como derecho al voto, permisos maritales o leyes discriminatorias.
Rechazo de la presunción de inocencia
de los varones. El
movimiento feminista acepta, de entrada, que son ciertas las acusaciones de
abusos, maltratos, etc., contra un varón. Existe un conocido eslogan que lo
ilustra.
Oposición a que se juzguen sus
testimonios. Se ha
acuñado el término de ‘revictimización’ para la exigencia de no tener que repetir
en sede judicial una declaración previa. Se defiende que lo declarado
inicialmente es cierto y no cuestionable.
Perspectiva de género en España. Se trata de una visión sesgada en
función del sexo, justo lo contrario de lo que el movimiento dice defender. Por
ejemplo, en la denominada Ley del solo sí es sí (Ley Orgánica 10/2022), cuyo
texto tiene un marcado componente ideológico en el que se meten en el mismo
saco violaciones, supuesto acoso con connotación sexual, prostitución, ablación
del clítoris…, se acepta la inversión de la carga de la prueba, la presunción
de veracidad a las mujeres, el «acceso prioritario de las víctimas de violencias sexuales al parque
público de vivienda y a los programas de ayuda de acceso a la vivienda» con la
consiguiente discriminación de otras víctimas de violencia. Ocurre lo mismo con
el tratamiento especial a funcionarias víctimas de violencia sexual en lo que
respecta a excedencias y reordenación del tiempo de trabajo.
Cuotas de paridad. Se defiende como un hecho encomiable y
exigible la paridad de sexos en instituciones como gobiernos, parlamentos,
consejos de administración, etc. La gran falacia introducida aquí con éxito es
pretender que el hecho de que haya más mujeres en el consejo de administración
de una gran empresa beneficia a todas las mujeres y no a las que se encuentran
en las proximidades. La consecuencia que se deduciría de ese razonamiento es
que a mí, individuo varón, me favorece el hecho de que exista una mayoría de
hombres en los centros de poder político o económico.
Lucha por la igualdad. Otra idea que ha obtenido también un
gran éxito es la implementación, dentro de los poderes ejecutivos, de
departamentos que buscan conseguir la ‘igualdad’, pero que solo se ocupan de
las diferencias, reales o supuestas, entre mujeres y hombres. Así, desde la
Comisaría de la Unión Europea, pasando por ministerios, consejerías de
comunidades autónomas y concejalías, las carteras, prácticamente siempre
ocupadas por mujeres, parecen concebir solo dos grupos desiguales entre sí,
hombres frente a mujeres (estas últimas en posición de desventaja), pero con
miembros iguales dentro de cada uno de ellos. El concepto de clase social, que
debería ser axiomático para la izquierda, no existe para estos órganos
ejecutivos.
Misoginia/Misandria. A pesar del empleo profuso del
término ‘misoginia’, yo sostengo que la misandria está bastante más extendida
que su contraparte misoginia, aunque esta palabra se utilice con mucha más
alegría para etiquetar posturas u opiniones que, aunque tengan un componente
sexista, no se pueden considerar como indicativas de «aversión a las mujeres», que
es lo que significa misoginia. La facilidad con la que muchas feministas echan mano,
venga o no a cuento, de expresiones manidas como machismo, terrorismo machista,
patriarcado, testosterónico, masculinidad tóxica, señoros…, constituye en mi
opinión una manifestación de misandria.
Pensamiento mágico. Esto es especialmente llamativo en
la pretensión de crear una neolengua que supuestamente producirá una
modificación de la realidad. Así, se abusa de la duplicación de género o del
mal llamado ‘lenguaje inclusivo’ —cometiendo generalmente grandes errores
sintácticos— y se acuñan palabras o expresiones que se suelen copiar
acríticamente del inglés. En Suecia, que probablemente era ya uno de los países
con cotas más altas de igualdad entre sexos, se acuñó a principios de este
siglo un pronombre personal sin género, hen, que pretendía eludir los
pronombres masculino, ‘él’ (han), y femenino, ‘ella’ (hon),
inspirado en el finés que es un idioma que carece de género. Esta innovación
lingüística sueca ha tenido más éxito en los ámbitos oficiales y académicos progresistas
que en el lenguaje popular. Otro ejemplo de pensamiento mágico es algo
manifestado en la Ley del solo sí es sí española: «El objeto de la
presente ley orgánica es […] la erradicación de todas las violencias sexuales».
Notas finales
Soy consciente de que las ideas
expresadas en este documento pueden ser objeto de críticas, a las que me
permito anticiparme:
1. Los ejemplos individuales que he presentado
se pueden considerar interesados y sesgados. Pero, naturalmente, con el empleo
selectivo de dichos ejemplos no pretendo demostrar nada —no sería acertado—, se
trata solo de casos que considero muy ilustrativos.
2. Podría parecer que niego el papel de
los movimientos de mujeres en la mejora evidente de la situación real y legal
de la población femenina. No creo que sea así, pero lo que sí me parece difícil
es poder afirmar que su papel es el definitivo, ya que el logro de mayores
cotas de justicia y la desaparición de las leyes discriminatorias son una parte
sustancial del propio progreso social en el que han participado otros agentes,
como partidos políticos, sindicatos y ciudadanos en general.
3. A mi juicio, son precisamente los
movimientos feministas los que parecen negar el desarrollo cuando se empeñan en
invocar situaciones ya superadas: lo que más arriba denominé «nostalgia de
discriminaciones reales pasadas».
4. No es desdeñable el hecho de que los
movimientos feministas sean más vigorosos precisamente en los países donde ya
existe mayor igualdad y en los que han desaparecido las discriminaciones
normativas. Y sería oportunista decir que esto es así gracias, exclusivamente,
a esos movimientos porque la evolución temporal es la inversa: el gran
desarrollo del movimiento feminista ha sido posterior a la desaparición de las
leyes discriminatorias: el caso español es paradigmático.
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