LENGUAJE INCLUSIVO

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Pedro Espino  

 


Antes de entrar en definiciones o características de este concepto, me voy a permitir transcribir, como ejemplo muy ilustrativo, el artículo 41 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:

Sólo los venezolanos y venezolanas por nacimiento y sin otra nacionalidad, podrán ejercer los cargos de Presidente o Presidenta de la República, Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, Presidente o Presidenta y Vicepresidentes o Vicepresidentas de la Asamblea Nacional, magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia, Presidente o Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Procurador o Procuradora General de la República, Contralor o Contralora General de la República, Fiscal General de la República, Defensor o Defensora del Pueblo, Ministros o Ministras de los despachos relacionados con la seguridad de la Nación, finanzas, energía y minas, educación; Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas de los Estados y Municipios fronterizos y aquellos contemplados en la ley orgánica de la Fuerza Armada Nacional.

Para ejercer los cargos de diputados o diputadas a la Asamblea Nacional, Ministros o Ministras, Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas de Estados y Municipios no fronterizos, los venezolanos y venezolanas por naturalización deben tener domicilio con residencia ininterrumpida en Venezuela no menor de quince años y cumplir los requisitos de aptitud previstos en la ley.

El mal llamado, en mi opinión, lenguaje inclusivo es un estilo de expresión que se supone que busca evitar enunciados o vocablos que los defensores de este estilo perciben como portadores de ideas sexistas, racistas, sesgadas o insultantes para grupos particulares de personas. En España —no solo, como se puede comprobar con lo escrito más arriba— su uso se ha centrado en lo relacionado con los identitarismos del sexo. Por ello, se recurre sobre todo a la duplicación de género, a la utilización exagerada de la feminización de términos que previamente carecían de significado específicamente masculino y al empleo de palabras acuñadas como nuevo género.

Duplicación de género. Aunque la lectura del artículo señalado de la Constitución venezolana no debería hacer necesarias más explicaciones, creo pertinentes algunas consideraciones. El empleo del masculino como género no marcado es muy frecuente en las lenguas romances y constituye una herencia del indoeuropeo. Cuando una niña dice «la casa de los abuelos» y no «la casa de la abuela y del abuelo» es porque ha percibido la lógica de nuestro idioma y no porque pretenda discriminar ni a su abuela ni a ella misma. El uso constante de este lenguaje resulta cargante y antieconómico, y no tiene ningún efecto práctico sobre las discriminaciones que, se supone, pretende resolver. Para evitar esa tediosa duplicación se echa mano a veces de términos que no se utilizan para ese fin. Así, para no usar la palabra ‘niños’ en sentido genérico y evitar la duplicación de «niños y niñas» se emplea en ocasiones las infancias. Algo similar ocurre con ‘adolescencia’ para evitar decir ‘los adolescentes’. Otras palabras como ‘ciudadanía’, ‘funcionariado’ o ‘alumnado’ ya fueron admitidas hace tiempo por la Real Academia Española para referirse «al conjunto de…», además de a un concepto más abstracto de condición o fase de la vida.

Feminización de términos real o supuestamente masculinos. En español es frecuente la terminación ‘o’ para denotar el masculino y la ‘a’ para el femenino, por lo que la feminización casi automática de ‘abogado’ o ‘ingeniero’ no suele suponer ningún problema. Sin embargo, la feminización de palabras consideradas durante mucho tiempo como comunes (juez, concejal, fiscal…) no parece necesaria. ¿Habría que emplear los femeninos intelectuala, criminala, testiga, estudianta…?, aunque quizá sea solo cuestión de tiempo. La terminación como indicativa del sexo no siempre se cumple, como ocurre con la palabra ‘víctima’, de género epiceno y artículo femenino, que incluye a personas de ambos sexos. Desde el activismo de la corrección política se dan paradojas como haber conseguido generalizar un inelegante femenino para ‘juez’ (jueza) y renunciar a un femenino ya existente como ‘poetisa’ para utilizar como común el masculino ‘poeta’. Pero lo más importante es que construyendo un discurso extenuante no arreglan nada de lo que teóricamente pretenden enmendar los defensores del lenguaje inclusivo, que en realidad lo que parecen pretender es que se los incluya a ellos entre los defensores de los derechos de alguien.

Acuñación de nuevos géneros. Un instrumento un poco más extravagante —y afortunadamente con menos éxito— de este lenguaje es la creación de palabras que pretenden obviar el sexo de las personas no binarias o de género fluído, como niñes (por niños/niñas), todes (por todos/todas), hijes (por hijos/hijas), amigues (por amigos/amigas). En otras ocasiones, en lugar de cambiar una vocal se utilizan símbolos que harían impronunciables esas palabras: l@s niñ@s o lxs niñxs.

En el caso del inglés, que es un idioma que prácticamente carece de género, el uso del lenguaje inclusivo resulta menos llamativo. Sí tienen género la tercera persona del singular de los pronombres personales (he/she y him/her) y de los adjetivos posesivos (his/her). En estos casos, y para obviar el sexo, algunos tienden a emplear la tercera persona del plural cuando se trata de un solo individuo, de manera que they o them pueden referirse a una persona en singular, aunque respetando el plural en el verbo. Este hecho no es absolutamente nuevo ya que hay ejemplos del uso de they como singular desde el siglo XIV en autores como Chaucer y Shakespeare. Sin embargo, en los siglos XVIII y XIX tuvo lugar un movimiento lingüista normativo que propugnó el empleo del masculino he como forma universal para una persona desconocida, y es la actual corrección política inclusiva a la que se debe el resurgimiento de they como singular. También en inglés existen algunas otras prácticas —bastante más escasas que en español y no lesivas para el idioma— como sustituir fireman (bombero varón) por firefighter o considerar actor como palabra común, válida para mujeres y hombres, en sustitución de actress (actriz).

En francés, lengua romance, igual que en español, existe claramente un género gramatical, por lo que la tendencia —¿o moda?— al lenguaje inclusivo (inclusif o épicène) para las personas, con el fin de obviar el sexo, resulta más complejo que en inglés. En francés se está utilizando también la duplicación de género (les étudiants et les étudiantes), el uso de puntos medios (les étudiant·e·s), términos indefinidos en cuanto al sexo (le personnel en lugar de les employés) y la acuñación de nuevas palabras (el pronombre iel, resultado de la combinación de il y elle). Estas prácticas no son bienvenidas por la Academia Francesa, aunque sí se promueven en algunas administraciones locales y en algunos medios identitarios.

El alemán, a diferencia del inglés, tiene un sistema fuertemente marcado por el género gramatical (masculino, femenino y neutro) y el uso del lenguaje inclusivo (Geschlechtergerechte Sprache) es también una cuestión debatida. Además de la duplicación de género (por ejemplo, Studenten und Studentinnen), hay otras técnicas particulares como la escritura de una sola palabra con una mayúscula interna (StudentInnen), el uso de guiones o barras (Student/-innen), de asteriscos de género (Student*innen), de guiones bajos (Student_innen), de puntos o dos puntos en medio de la palabra (Student.innen) y de nombres abstractos de colectivos (Studierende). Igual que en otros países, estos procedimientos son más frecuentes en algunas administraciones locales o en grupos activistas identitarios. El 3 de agosto de 2025, el ministro de cultura alemán, Wolfram Weimer, vetó el uso del lenguaje inclusivo (asteriscos, símbolos y desdoblamientos de género) en documentos oficiales de los departamentos bajo su jurisdicción (https://www.fr.de/ratgeber/medien/wolfram-weimer-untersagt-gendersprache-in-seiner-behoerde-zr-93865273.html?utm_source=chatgpt.com).

En España, por el contrario, ha sido más frecuente la elaboración de guías que fomentan la utilización del lenguaje inclusivo, como es el caso de los siguientes recursos:

Guía sobre comunicación socioambiental con perspectiva de género, Consejería de Medio Ambiente, Junta de Andalucía; Guía de uso no sexista del lenguaje, Ayuntamiento de Barcelona; Guía para un uso del lenguaje no sexista en las relaciones laborales y en el ámbito sindical, Guía para delegadas y delegados, Secretaría confederal de la mujer de CCOO; Guía sindical del lenguaje no sexista, Unión General de Trabajadores; Guía de lenguaje no sexista, Unidad de Igualdad de la Universidad de Granada; Manual de lenguaje administrativo no sexista, Asociación Estudios Históricos sobre la Mujer de la Universidad de Málaga; Guía de uso no sexista del lenguaje de la Universidad de Murcia; Manual de lenguaje no sexista en la Universidad Politécnica de Madrid; Guía de lenguaje no sexista, Oficina de Igualdad, UNED; Igualdad, lenguaje y Administración: propuestas para un uso no sexista del lenguaje, Conselleria de Bienestar Social, Generalitat Valenciana; Guía de igualdad, Corporación RTVE, etcétera.

Bastante más escasas son las actuaciones de organismos que defienden un uso más sencillo y correcto del idioma en lo que respecta a estos temas. Y aunque me resulte penoso decirlo, no es precisamente la izquierda política la que protagoniza esta defensa.

Hay idiomas europeos que carecen de género y en los que estos problemas no tienen la misma trascendencia. Tal es el caso del finés, el estonio y el húngaro. En el vasco no existe género gramatical en sustantivos, artículos o adjetivos; sin embargo, muchos políticos locales, al hablar en castellano, quieren dejar sentada su sensibilidad feminista y emplean con gran frecuencia construcciones del tipo de «los vascos y las vascas».

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